ADOPCIÓN DE MEDIDAS ESPECIALES NIVEL III (REFORZADAS CON MEDIDAS ADICIONALES) EN MANZANARES

Se ha publicado la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad en Ciudad Real de 7 de enero de 2021 por la que se adoptan medidas especiales para Manzanares.

Todas las medidas decretadas se aplicarán durante 10 días pudiéndose prorrogar sucesivamente.

¿Cuándo entra en vigor?

Desde la fecha de la firma de la Resolución, es decir, 7 de enero de 2021.

¿Cuáles son las medidas más importantes a nivel empresarial?

Son medidas tasadas, es decir, son las medidas que son de carácter obligatorio.

  • Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.
  • Ordenar el confinamiento perimetral, permitiéndose únicamente las entradas y salidas del mismo por razones laborales o por actividades imprescindibles (atención sanitaria, obligaciones legales y salidas de retorno al domicilio de origen).
  • Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia
  • Quedan prohibidas las reuniones de un numero mayor de 6 personas, en caso de no pertener al mismo grupo de convivencia.
  • Cierre de bares, cafeterías, pub y similares
    • Quedan exceptuados:
      • Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales
      • Servicio de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos
      • Servicio de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.
      • En estos casos exceptuados, queda suspendido el servicio en barra y el aforo máximo solo puede ser de 1/3 y se prohibe el servicio fuera de las mesas dispuestas al efecto y el consumo de comidas y bebidas fuera estas.
      • En bodas, comuniones, bautizos y otras celebraciones similares que se realicen en locales diferentes a los de hostelería, no se puede superar el número máximo de 6 personas y garantizando las medidas de seguridad ya conocidas de espacio y ventilación.
  • Cierre de locales de juego y apuestas, bingos y establecimientos similares
  • Las academias, autoescuelas y otros centros de formación no regladas el aforo máximo será del 50%.
  • Se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de seis personas.
  • Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.
  • Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física
  • Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
  • Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúan de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos esenciales, así como el pequeño comercio.
  • Se limitará al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis.
  • Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus