COVID-19 - Fase 3: Resolución publicada por la JCCM en cuanto a ocupación de hostelería y restauración


Con la entrada en vigor de la fase 3 este lunes día 15, se ha publicado en el DOCM Resolución de 10/06/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica el porcentaje de ocupación en locales de hostelería y restauración, y se flexibilizan determinadas restricciones en las provincias que estén en la fase 3 del proceso de desescalada. 

En esta Resolución se modifica el porcentaje de aforo que venía imperando en la fase 2 pasando a ser en los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local a dos tercios del aforo máximo. 
A su vez, se establece el porcentaje de aforo de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración previsto en la fase 2 que es del setenta y cinco por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal. En el caso que la licencia sea concedida por primera vez, deberá limitarse el aforo al setenta y cinco por ciento del que haya sido autorizado para este año. 

Se permite la reapertura de locales de discotecas y bares de ocio nocturno previstos en el artículo 18, apartado 6, de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones sanitarias previstas En todo caso, podrá procederse a la apertura al público de las terrazas al aire libre de estos establecimientos en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que el resto de establecimientos de hostelería, con el setenta y cinco por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal. En el caso que la licencia sea concedida por primera vez, deberá limitarse el aforo al setenta y cinco por ciento del que haya sido autorizado para este año. Cuando exista en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual. 

También en la fase 3 podrá procederse a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego. Esta reapertura queda condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. Asimismo, deberán cumplirse las restantes condiciones y requisitos sanitarios previstos.