COVID-19 - Fase 3: Resolución publicada por la JCCM en cuanto a ocupación de hostelería y restauración
Con la entrada en vigor de la fase 3 este lunes día 15, se ha publicado en el DOCM Resolución de 10/06/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica el porcentaje de ocupación en
locales de hostelería y restauración, y se flexibilizan determinadas restricciones en las provincias que estén en
la fase 3 del proceso de desescalada.
En esta Resolución se modifica el porcentaje de aforo que venía imperando en la fase 2 pasando a ser en los
establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local a dos tercios del aforo máximo.
A su vez, se establece el porcentaje de aforo de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y
restauración previsto en la fase 2 que es del setenta y
cinco por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia
municipal. En el caso que la licencia sea concedida por primera vez, deberá limitarse el aforo al setenta y cinco por
ciento del que haya sido autorizado para este año.
Se permite la reapertura de locales de discotecas y bares de ocio nocturno previstos en el artículo 18, apartado
6, de la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las
condiciones sanitarias previstas En todo caso, podrá procederse a la apertura al público de las terrazas al aire
libre de estos establecimientos en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que el resto de establecimientos de hostelería, con el setenta y cinco por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior
en base a la correspondiente licencia municipal. En el caso que la licencia sea concedida por primera vez, deberá
limitarse el aforo al setenta y cinco por ciento del que haya sido autorizado para este año.
Cuando exista en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar
mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.
También en la fase 3 podrá procederse
a la reapertura al público de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a
los de actividad recreativa de juegos y apuestas conforme establezca la normativa sectorial en materia de juego.
Esta reapertura queda condicionada a que no se supere el cincuenta por ciento del aforo autorizado. Asimismo,
deberán cumplirse las restantes condiciones y requisitos sanitarios previstos.